Trabajadores independientes que cotizan

¿QUÉ PASA CON LAS COTIZACIONES DE LOS INDEPENDIENTES?

A contar de este año (2013) la ley obliga a todos los independientes a cotizar respecto del 40% de su renta imponible (80% del total de tus boletas emitidas durante 2012), salvo que en forma expresa manifiestes lo contrario, utilizando la aplicación que aparece en la página web www.sii.cl (el plazo para eso es el 30 de Abril de 2013).

Respecto al 2013, la ley los obliga a cotizar respecto del 70% de su renta imponible (80% del total de tus boletas emitidas durante 2013), salvo que en forma expresa manifiestes lo contrario, utilizando la aplicación que aparece en la página web http://www.sii.cl.

Por esta razón, antes de entregarte la devolución de impuestos en el próximo mes de Mayo, el Estado va a descontar de ella las cotizaciones previsionales que estás obligado a hacer desde este año (2013).

Respecto a los ingresos de 2014, si eres independiente estarás obligado a cotizar respecto del 100% de tu renta imponible (80% del total de tus boletas emitidas durante 2014), salvo que en forma expresa manifiestes lo contrario, utilizando la aplicación que aparece en la página web http://www.sii.cl.

Respecto a tus ingresos de 2015 en adelante, si eres independiente estarás obligado a cotizar respecto del 100% de tu renta imponible (80% del total de tus boletas emitidas en cada año), sin excepciones.

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